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¿Qué es la persona física y la persona moral?

Sabemos muy bien que los temas relacionados con el SAT y los temas legales pueden ser confusos para muchas personas. En esta ocasión, nos gustaría adentrarnos en el tema de las personas físicas y personas morales. Existen muchas definiciones desde el punto de vista legal, no obstante, trataremos de ponerlo en términos más sencillos para que sea entendible.

Desde el punto de vista legal, la persona física y moral es lo mismo. Esto puede ser muy confuso para muchos, especialmente los que apenas van enterándose de estos temas. Empero, estas personas no son lo mismo en absoluto, existen diferencias. Estas diferencias son más notorias a medida que estudiamos más al respecto, por el momento, definiremos exactamente lo que es cada una.

Persona física

Comencemos con la persona física, también llamada natural; de acuerdo con la RAE, una persona física es un “individuo con capacidad jurídica para ser titular de derechos y cumplir con obligaciones”. Una persona física es cualquier individuo que básicamente, sea real y tenga algún grado o esté dotado de capacidades para ejercer los derechos y obligaciones que encontramos dentro de la ley.

En pocas palabras, si existimos y vivimos, tenemos derechos y obligaciones. Por lo tanto, una vez que tenemos la edad adecuada nos hacemos acreedores a ser una persona jurídica que posee la capacidad para “poseer” derechos y obligaciones. Una vez que nos damos “de alta”, por así decirlo, podemos realizar actividades que tienen un valor legal y contribuyen a tener una mejor calidad de vida.

En muchas ocasiones, algunas personas y profesionales definen a la persona física como lo opuesto a las personas morales, o bien, como un ser humano. De acuerdo con el Código Civil Federal de México, dentro del Libro Primero, Título Primero y de los artículos 22 al 24, encontramos que entre los atributos de las personas físicas se encuentran el nombre de pila y apellido, domicilio o domicilios, estado civil, capacidad para ejercer derechos y obligaciones, así como el patrimonio.

Persona moral

En el otro extremo tenemos a la persona moral, de nuevo recurriremos a la RAE para una definición más general. La persona moral se establece como un “sublema de persona” y es aquella “persona jurídica originaria y superior en el derecho canónico”. De nuevo, un concepto un tanto confuso y que nos deja sin nada definido. Lo más importante, tratándose de una persona moral que debemos entender, es que no tiene una existencia real como tal.

Dentro derecho se le da reconocimiento a una entidad que es individual e independiente, empero es un poco “fantástico” y hasta de ficción, ya que otorgamos individualidad a un grupo de personas físicas. Así pues, una persona moral es un conjunto de personas físicas que están sujetas a obligaciones y poseen determinados derechos. Aquí nos encontramos a distintas empresas, asociaciones, fundaciones y hasta organizaciones.

No obstante, no dejan de ser personas jurídicas que están reconocidas por el Estado y este rige la actividad que realizan. Sin embargo, que sean un conjunto de personas no quita el hecho de que tienen capacidad jurídica para realizar cualquier actividad que una persona física. Aunque pueden realizarlas, resulta necesario hacer decisiones en conjunto y siempre habrá un representante para realizar dichas actividades.

Las personas morales, así como las físicas están reguladas por el Código Civil Federal de México dentro del Libro Primero, Título Segundo, en los artículos del 25 al 28. Entre sus características elementales (dentro del artículo 25) encontramos que las personas morales son “la nación, los estados y los municipios”, corporaciones de carácter público, sociedades civiles o mercantiles, sindicatos, sociedades cooperativas o personas morales extranjeras de naturaleza privada.

Como podemos darnos cuenta, son conceptos algo confusos pero sencillos de entender una vez que tenemos toda la información pertinente. Poseen los mismos derechos y obligaciones, así como la capacidad jurídica. No obstante, sólo debemos entender que una es real y la otra… no tanto.

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